Abogados especialistas en función pública en Galicia

Si eres funcionario de carrera, personal laboral, estatuarios, tanto fijos como emporales e indefinidos no fijos... ¡Estamos para ti!

¡Estudiamos tu caso sin compromiso!

Abogados especialistas en función pública en Galicia

Especialización

Te atenderán abogados especialistas en función pública de la Xunta de Galicia, Administraciones Locales...

Agilidad

Atendemos a clientes de toda Galicia. Puedes enviarnos toda la documentación solicitada sin desplazarte.

Precios justos

Nuestras tarifas son económicas y adaptadas para cada caso en concreto y a la situación económica del cliente.

Satisfacción al cliente

Muchos clientes vienen recomendados por otros clientes que ya han pasado por una situación similar con nosotros.

Reclamación e impugnación de oposiciones

Si consideras que una convocatoria o proceso selectivo, oposición, concurso-oposición, proceso de promoción interna, concursos de traslados o cualquier otro proceso ha sido injusto o ha vulnerado tus derechos de igualdad de oportunidades, podemos analizar el caso y presentar una impugnación si procede.


¿Cuándo reclamar en un proceso selectivo?

Motivos más comunes para impugnar una oposición:

  • Bases o convocatoria irregulares: si las bases o convocatoria de la oposición contienen requisitos o condiciones que no se ajustan a la normativa vigente o son arbitrarios, se puede presentar una impugnación.
  • Falta de transparencia: si el proceso selectivo carece de transparencia en cuanto a los criterios de evaluación, las puntuaciones o los resultados, se puede impugnar para obtener una revisión adecuada.
  • Errores en la valoración de las pruebas: si se detectan errores o irregularidades en las pruebas, las preguntas no están bien formuladas, o se han puntuado mal. Igualmente:
    1 - Si el contenido está fuera de Programa o Temario; establecidos en la convocatoria
    2 - Si en la evaluación de los candidatos se aplican criterios subjetivos, no se valoran determinados parámetros establecidos o se otorgan notas que no se corresponden con la valoración objetiva del resultado, se impugnan para buscar una revisión justa y objetiva
    3 - O si no se han motivado adecuadamente las decisiones tomadas durante el proceso selectivo, se puede impugnar para obtener una explicación clara y fundamentada.
  • Trato desigual o discriminatorio: si existen indicios de trato desigual o discriminación hacia ciertos candidatos, debe impugnarse el proceso.
Reclamación e impugnación de oposiciones
  • Ausencia de comunicación y notificaciones: si no se ha comunicado adecuadamente información relevante sobre el proceso selectivo ya sea a través de la web, del tablón de anuncios o no se han notificado los resultados de manera oportuna, se puede recurrir.
  • Publicación de resultados erróneos: si se publican resultados incorrectos o que no se corresponden con las puntuaciones reales de los aspirantes, se puede presentar una impugnación.
  • Ausencia de tribunal calificador independiente: si se detecta falta de independencia en el tribunal calificador o hay conflictos de interés, se puede impugnar para garantizar un proceso imparcial.
  • Irregularidades en la adjudicación de plazas: si el puesto que obtienes en la lista definitiva no es el que realmente te corresponde y te supone una pérdida de derechos, si consideras que la plaza que te deberían adjudican de la adjudican a otro opositor, si quedas excluido por algún error a la hora de la valoración de los méritos, lo recurrimos.
  • Incumplimiento de los plazos en la resolución del proceso: si se producen dilaciones indebidas entre el comienzo del proceso y su finalización, si llevas muchos tiempo esperando a la toma de posesión de la plaza, solicitamos el impulso del proceso y reclamamos los daños y perjuicios que te haya podido ocasionar la demora.
Reclamación e impugnación de oposiciones

Es importante destacar que la impugnación de una oposición es un proceso legal complejo que requiere fundamentos sólidos y una adecuada asesoría jurídica. Si consideras que tienes motivos válidos para impugnar una oposición, evaluamos tu caso y te guiamos en el proceso de impugnación.



Abogados de Función Pública

Nexo Legal

Somos especialistas en función pública, rama del Derecho Administrativo que regula derechos, deberes y obligaciones de las personas que prestan sus servicios para la Administración Pública en su relación con la misma.

Incluye funcionarios de carrera, personal laboral, estatutarios, tanto fijos como temporales e indefinidos no fijos.

Atendemos todo tipo de consultas relativas a la normativa autonómica y estatal. Conocemos en profundidad la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia y el Estatuto Básico del Empleado Público, recogido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, el Estatuto de los trabajadores, así como la normativa específica de cada Administración.

Existe una gran variedad de casuística en el ámbito de la Función Pública, a modo de ejemplo, los problemas más comunes que nos encontramos en el despacho son:

Abogado función publica en A Coruña

Personal fijo

Protegiendo tus derechos

Cuando se trata de empleo público, los funcionarios tienen derechos y garantías que deben ser respetados. En nuestro despacho de abogados especializado en funcionarios públicos, ofrecemos servicios de asesoramiento y representación para impugnar diferentes tipos de actos administrativos que puedan afectar tus derechos laborales.

A continuación, te presentamos una lista de algunos de los más frecuentes:



  • Categoría y grado profesional: si tu categoría no se corresponde con las funciones que realmente desempeñas o no te reconocen la consolidación de grado que efectivamente te corresponde, lo recurrimos junto con las diferencias salariales correspondientes.
  • Concursos de traslados, comisiones de servicios y promoción interna: si consideras que no has sido valorado conforme a tus méritos y capacidades, podemos analizar tu caso y presentar una impugnación si existe base legal para ello.
  • Evaluaciones de desempeño: si consideras que una evaluación de desempeño no ha sido objetiva o adecuada, podemos analizar tu situación y presentar una impugnación en caso necesario.
  • Excedencias, Conciliación y Permisos: valoramos qué tipo de excedencia te corresponde según el caso y el tipo de Administración y te asesoramos en los trámites, así como en la solicitudes de permisos y conciliación familiar (maternidad, enfermedad, cuidado de hijos o familiares dependientes, matrimonio, etc)
  • Movilidad y adscripciones: si te han adscrito a un puesto o unidad de trabajo que consideras afecta tus condiciones laborales, podemos asesorarte y presentar una impugnación si procede.
Abogado función publica en A Coruña
  • Teletrabajo: asesoramos si en tu caso la Administración debe conceder el teletrabajo, en qué condiciones y los medios que debe poner a tu disposición.
  • Incapacidades permanentes: sino estás de acuerdo con el reconocimiento de la Incapacidad Permanente emitido por la Unidad de Prevención de Riesgos laborales o viceversa, si la Incapacidad no te es reconocida por la Inspección, llevamos el procedimiento administrativo, asesorando acerca de las pruebas e informes médico existentes y necesarios.
  • Jubilaciones y prórrogas: si consideras que un acto administrativo de jubilación no ha sido adecuadamente justificado o que ha afectado a tus derechos, podemos representarte en la impugnación.
  • Expedientes disciplinarios: si te enfrentas a un procedimiento disciplinario y consideras que la sanción impuesta es injusta o desproporcionada, impugnamos la resolución administrativa y solicitamos la paralización de su imposición hasta la finalización del expediente, ya sea suspensión de empleo y sueldo, cese o despido, deducciones salariales, etc.
Abogado función publica en A Coruña

Si te enfrentas a alguna de las situaciones mencionadas anteriormente o cualquier otra situación que afecte tus intereses, ¡no dudes en contactarnos!

Nuestro equipo de abogados está preparado para brindarte el asesoramiento necesario y representación en via judicial para impugnar cualquier acto administrativo injusto y luchar por tus derechos laborales como funcionario público.

Personal temporal

Conseguimos la igualdad

  • Listas de contratación y problemas con los llamamientos: si llaman antes que a ti a otros sustitutos que están por detrás de ti en las listas o si te llaman para un puesto de menor duración, si te penalizan por no atender al llamamiento o te expulsan de la lista, lo recurrimos.
  • Nombramientos y contratos irregulares: te asesoramos sobre la duración y el respeto de la legalidad en las cláusulas de los contratos o nombramientos.
  • Carrera profesional: si no te reconocen el grado profesional que te corresponde de acuerdo con el tiempo trabajado ,por ser personal temporal lo impugnamos.
  • Antigüedad y complementos salariales: si no te reconocen el complemento de antigüedad u otros complementos salariales de forma injustificada, lo recurrimos.
  • Ceses y despidos: si consideras que se ha producido un despido/cese improcedente o nulo o una cesión ilegal de trabajadores o subrogación.
  • Indemnizaciones: si te corresponde una indemnización por cualquier daño ocasionado por la Administración, la cuantificamos y reclamamos.
Abogados personal público en A Coruña

Personal Indefinido No Fijo (INF)

Dada la especial naturaleza de esta figura de creación jurisprudencial, que el EBEP se ha limitado a reconocer sin establecer la pertinente regulación de sus elementos esenciales, velamos por el cumplimiento de los derechos que le son inherentes, como la extinción únicamente por la cobertura reglamentaria de la plaza, y por lo tanto la protección frente al cese ante la adjudicación de la plaza en un concurso de méritos o proceso de promoción interna o el derecho a ser informado de si su puesto es incluido en un proceso selectivo.

Asimismo la ausencia de un régimen jurídico propio del contrato indefinido no fijo, resolvemos los problemas generados en relación a la indemnización por cobertura de la plaza, asimilable a los 20 días de salario por despido objetivo.

Igualdad de derechos y condiciones con el personal fijo comparable

La cláusula 4 del Acuerdo marco anexo a la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio, que continente el "Principio de no discriminación ", ha abierto el camino a la equiparación de derechos del personal temporal y el fijo.

Dispone en su apartado 1 que "por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas".

Con fundamento en esta cláusula, estamos abriendo camino para lograr esta igualdad de derechos en la mayor medida de lo posible.

Abuso en la temporalidad


Nuestro equipo de abogados especialistas en Función Pública en Galicia trabaja cada día con el objetivo de reclamar la estabilidad en el empleo en la Administración, ya sea en la Xunta de Galicia, Administraciones Locales, Universidades, Sergas, todas ellas hacen un uso fraudulento de la contratación.

A pesar de la lucha de los últimos años, las Administraciones siguen utilizando a trabajadores temporales para cubrir plazas permanentes, siguen limitando sus derechos y siguen incumpliendo la normativa.

Queremos poner fin a situaciones de abuso, logrando la fijeza, ya sea a través de los mecanismos establecidos por el Real Decreto- Ley 20/21 o mediante sentencia judicial, sin descartar los medios que nos brinda la Unión Europea, solicitando tanto cuestiones prejudiciales al TJUE como denunciando dichas situaciones ante la Comisión Europea y resto de Órganos competentes.

Abogados para funcionarios en A Coruña

Procesos de estabilización

El Real Decreto 20/21 y ahora el reciente Real Decreto-Ley 5/2023 de 28 de junio, han establecido tres procesos de estabilización en la Administración Pública, con el objetivo de brindar estabilidad y seguridad en el empleo a aquellos trabajadores en situación de temporalidad prolongada. Sin embargo, el RDL 20/21 ha generado un panorama de caos al tratar de aplicar sus disposiciones. Las Administraciones han ido adoptado criterios sobre la marcha, de forma precipitada e incoherente, dando lugar a interpretaciones diferentes y contradictorias, que a su vez han sido objeto de posteriores modificaciones y correcciones.

Esto ha provocado una inseguridad jurídica que ha desembocado en reclamaciones de todo tipo, aún pendientes de resolver, y cuya resolución traerá todavía más confusión, al tener que tener que adoptarse medidas retroactivas o medidas desesperadas.

Ahora el Real Decreto-ley 5/2023 en su art. 217 abre una nueva vía para convocar por concurso de méritos las plazas que quedaron vacantes en el anterior proceso de estabilización, como garantía del derecho de acceso a los procesos derivados de la disposición adicional octava de la Ley 20/2021.

Además de las ya ocasionadas, pueden surgir nuevas situaciones que justifiquen la impugnación del proceso de estabilización.

Estudiamos cada uno de los casos, así como las modificaciones que se están produciendo, abriendo camino a las dudas y buscando siempre que se cumpla el principio de igualdad y de responsabilidad de la administración.

Surgirán más problemas en relación a las indemnizaciones o compensaciones económicas de los interinos que no aprobaron los procesos de estabilización, así como en la legalidad de los ceses y despidos y en el cumplimiento de los plazos de los futuros nombramientos y contratos.

Funcionarios en en A Coruña

Algunas de las razones que podrían motivar la impugnación incluyen:

  • Calificación de oposiciones o concursos: si consideras que la calificación de una oposición o concurso ha sido errónea o injusta, podemos asesorarte sobre las opciones de impugnación disponibles para defender tus derechos.
  • Incumplimiento de la normativa: si se detecta que el proceso de estabilización no ha sido llevado a cabo conforme a las disposiciones del Real Decreto-Ley 5/2023 en relación con la Ley 20/2021 u otras normativas aplicables, podría ser motivo para impugnar.
  • Bases con cláusulas nulas o abusivas, por ejemplo, en el cómputo de la experiencia o antigüedad, en el tipo de titulación requerida, en los cursos de formación valorables, etc.
  • Modificación de relación de puestos de trabajo (RPT) o falta de inclusión de las plazas que cumplen los requisitos para estabilizarse o inclusión de otras que no los cumplen. Se solicita su incorporación al proceso o su exclusión, dependiendo del caso.
  • Exclusión injusta o arbitraria: si se excluye injustamente a trabajadores que cumplen con los requisitos para la estabilización, es fundamental evaluar la posibilidad de impugnar para proteger sus derechos laborales.
  • Error en la valoración de los méritos: recursos contra la comisión de valoración.
  • Discriminación o tato desigual: si se advierte cualquier tipo de discriminación o trato desigual en el proceso de selección para la estabilización, es importante actuar para garantizar la igualdad de oportunidades.
  • Indemnizaciones por cese: si te corresponde una indemnización o compensación económica y la Administración no te la concede de forma automática, la reclamamos.
  • Adjudicación de las plazas: si te adjudican una plaza diferente a la que venías ocupando, y cumples los requisitos para quedarte en la misma, lo recurrimos.

Te informamos acerca de la fijeza de los interinos

Desde la STJUE de 20 de marzo que esclareció la forma en que debe ser interpretada la Directiva 1999/70/CE, en concreto su cláusula 5 del Acuerdo Marco, y la posterior STJUE de 3 de junio de 2021, ambas muy positivas a las pretensiones de los empleados públicos temporales, en la que resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación a esa misma cláusula, han ido saliendo sentencias que otorgaron la fijeza del empleado en abuso de temporalidad pero sólo en aquellos casos en los que se cumplían unas determinadas condiciones, que difieren según la persona sea personal laboral o Funcionario interino.

Así respecto del personal temporal se exige:

  • Haber estado ocupando una plaza de forma irregular durante al menos 3 años
  • Que dicha plaza sea estructural o irregular (cuando debería ser estructural pero la Administración no lo reconoce)
  • Realizar las mismas funciones que el personal fijo comparable
  • Haber superado un proceso selectivo sin obtener plaza

En el caso del personal laboral, se han dictado sentencias por el Tribunal Supremo que permiten obtener la condición de personal laboral fijo, aunque algunos juzgados otorgan la condición de personal indefinido no fijo, por ello el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha planteado tres nuevas cuestiones prejudiciales al TJUE mediante Auto de fecha 06/06/2023, nº de Recurso: 1494/2021, que debería determinar la que la consecuencia del abuso de temporalidad es la fijeza.

Igualmente cabe obtener la condición de personal laboral fijo tanto por subrogación empresarial como por cesión ilegal de trabajadores, pues los art. 43 y 44 del Estatuto de los Trabajadores así lo ordenan, y ello con independencia del tiempo de servicios prestados y sin que se exija haberse presentado a ningún proceso selectivo.

En el caso del personal funcionario interino, se exige siempre haber superado un proceso selectivo, y lógicamente no haber conseguido plaza. Así, recientemente se ha dictado una sentencia por Tribunal Superior de Justicia de Galicia en la que reconoce la condición personal funcionario de carrera a una empleada que había estado en situación de abuso de temporalidad, superó un proceso selectivo pero no obtuvo plaza dado que la Administración no había convocado todas las plazas vacantes, previa acreditación de que de haber convocado todas las plazas, la demandante hubiera obtenido plaza.

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Desde Nexo Legal Abogados te animamos a que, si estás viviendo una situación de abuso o fraude de ley, te pongas en contacto con nosotros. Estudiamos tu caso sin compromiso. ¡Confía en nuestros abogados expertos en función pública en Galicia, reclamaremos tus derechos!